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Facturación

Importes sujetos a Facturación

OMIClear emite facturas y, cuando corresponde, autofacturas en relación a los siguientes tipos de liquidaciones:

  • Comisiones: todos los tipos de comisiones debidos por el Participante. Para más información sobre las tarifas, consultar Servicios > Comisiones.
  • Valor de Liquidación en la Entrega (VLE): importes debidos/pendientes de recibir por el Participante durante el periodo de entrega del contrato de derivados (aplicable únicamente a contratos con liquidación por entrega física). Para más información sobre el VLE para contratos de derivados de electricidad, consultar Servicios > Derivados de Electricidad, y para contratos de derivados de gas natural, consultar Servicios > Derivados de Gas Natural.
Procedimientos de Facturación y Régimen de IVA

Los procedimientos de facturación efectuados por OMIClear varían en función de si la entidad actúa como Participante o no:

  • Entidades que actúan como Participantes de OMIClear:
    1. En primer lugar, OMIClear procede a la liquidación diaria en efectivo de las comisiones debidas y de los Valores de Liquidación en la Entrega (VLE), diarios o mensuales, debidos o pendientes de recibir por el Participante a través de su Miembro Compensador (tal y como se explica en Gestión de Riesgo > Liquidación en TG2);
    2. Después del correcto pago, en el último día de compensación del mes en cuestión OMIClear emite las respectivas facturas y recibos con la suma total de las comisiones y/o VLE subyacentes al mes de facturación.

 

  • Entidades externas que contratan servicios de OMIClear (no Participantes de OMIClear):
    1. OMIClear emite y envía a la entidad las facturas correspondientes a las comisiones debidas por los servicios prestados;
    2. Las entidades pagan a OMIClear teniendo en cuenta las referencias bancarias y los plazos estipulados en las facturas;
    3. Una vez realizado el correcto pago de las facturas, OMIClear emite los respectivos recibos.

 

En el caso de entidades que actúan en calidad de Participantes de OMIClear, se aplicarán las siguientes reglas de facturación:

  • Comisiones:
    1. OMIClear factura al Miembro Compensador correspondiente las comisiones de compensación relativas al volumen compensado por el Participante.
    2. OMIClear factura las comisiones de entrega física relativas al volumen físico registrado al Participante titular de la cuenta de registro física en la que se han registrado las transacciones.
    3. Otras comisiones de OMIClear (tales como comisiones de mantenimiento, comisiones de licencias de utilización de sistemas o comisiones de información EMIR referidas en las Tarifas) se facturan siempre al Participante a quien las mismas se refieren.
  •  Valor de Liquidación en la Entrega (VLE): aplicable únicamente a los contratos con liquidación por entrega física:
    1. Si la suma de VLE del mes facturado supone un adeudo para el Participante, OMIClear emite la factura al mismo.
    2. Si la suma de VLE del mes facturado supone un abono para el Participante, OMIClear emite una autofactura. Los Participantes tienen que otorgar una autorización específica para permitir que la CCP efectúe autofacturas de los VLE (formularios C29 y C29A, disponibles para descarga aquí).

Encontrará más detalles sobre las condiciones de facturación y régimen de IVA en Condiciones de Facturación y Régimen de IVA de los Contratos de Derivados.