Registro de operaciones
OMIClear asume la posición de Contraparte Central (CCP) en el ámbito del Servicio sobre Contratos de Derivados de Electricidad y del Servicio sobre Contratos de Derivados de Gas Natural en el instante en que las respectivas transacciones y posiciones son registradas en las Cuentas de Registro de las contrapartes involucradas:
- En el ámbito de las transacciones resultantes de un proceso electrónico de encuentro de ofertas en modo de negociación en continuo o en subasta en un sistema de negociación de un Mercado con lo que OMIClear tiene un acuerdo, la asunción de la posición de CCP por OMIClear es asumida luego de partida, i.e. en el momento del registro de dichas transacciones en la plataforma de compensación de OMIClear;
- En el ámbito de las transacciones cuyas contrapartes iniciales sean los participantes, i.e. transacciones bilaterales (vulgo “OTC”) registradas en OMIClear a través de un Mercado conectado, la asunción de la posición de CCP por OMIClear resulta de la sustitución de la transacción bilateral originalmente presentada por los respectivos participantes por nuevas transacciones en las que OMIClear actúa como contraparte vendedora ante el participante comprador y como contraparte compradora ante el participante vendedor. En este caso la posición de CCP es asumida en el momento del registro de estas nuevas transacciones en la plataforma de compensación.
Los Miembros Compensadores de los participantes involucrados de aquellas transacciones se convierten en contrapartes de OMIClear en el momento en lo cual ocurre su registro.
Cuando un Agente de Registro o su cliente que detiene un acuerdo de compensación con un Miembro Compensador registra una transacción en OMIClear, en el mismo momento en que OMIClear asume el papel de CCP de la transacción:
- El Miembro Compensador se convierte automáticamente contraparte de OMIClear;
- El Agente de Registro o su cliente se convierte en contraparte de su Miembro Compensador.
Todas las transacciones son registradas en la plataforma de compensación de OMIClear de forma automática e inmediata.
La actividad de compensación y liquidación incluye las siguientes funciones:
- Registro de posiciones;
- Evaluación de la exposición al riesgo derivado de dichas posiciones;
- Requisitos de colateral para cubrir esa exposición al riesgo;
- Gestión de liquidaciones en efectivo en el sistema de pago TARGET2;
- Notificaciones de las posiciones físicas a terceras partes (mercado spot de electricidad Ibérico y operador de sistema de gas natural en España);
- Proceso de facturación.
OMIClear cuenta con un marco de gestión de riesgos transparente y riguroso, respaldado por recursos multi-capa, en forma de márgenes, las cuales sirven para cubrir posibles pérdidas de los tomadores de riesgos (“el incumplidor paga”), de fondos propios dedicados de la CCP (“skin in the game”), de aportaciones al fondo de compensación (que consisten en un mecanismo de riesgo compartido entre sus miembros) y de capital propio de la CCP. La cascada de garantías en caso de incumplimiento ("default waterfall") está diseñada para garantizar incentivos para una gestión de riesgos sólida.
OMIClear se incorporó el 6 de abril del 2004. Tras un extenso proceso de aprobación entre los gobiernos de Portugal y España, el mercado de derivados del MIBEL (gestionado por OMIP) y su respectiva cámara de compensación (OMIClear) fueron lanzados el 3 de julio de 2006, convirtiéndose en una de las primeras iniciativas conjuntas del MIBEL en cobrar vida. En aquel momento OMIP (el operador de mercado del mercado de derivados del MIBEL) era accionista único de OMIClear.
El Acuerdo Internacional del MIBEL, firmado en octubre de 2004, y su enmienda, firmada en enero del 2009, establecían la estructura accionarial futura de OMIClear: participaciones igualitarias de OMI – Polo Español, S.A. (OMIE) y OMIP – Pólo Português, S.G.M.R., S.A. (OMIP) como operadores del mercado al contado y del mercado de derivados, respectivamente, del grupo OMI. Por consiguiente, la estructura accionarial de OMIClear está establecida en una ley pública internacional.
El 31 de octubre de 2014 OMIClear fue autorizada al amparo del EMIR (Reglamento sobre la Infraestructura del Mercado Europeo – reglamento 648/2012) para desempeñar su actividad como “CCP autorizada” por la CMVM (Comisión del Mercado de Valores Mobiliarios portuguesa - la autoridad nacional competente bajo el reglamento EMIR).
Actualmente OMIClear está autorizada para prestar servicios a los siguientes tipos de instrumentos financieros (publicado en la web de ESMA):
- Instrumentos financieros bajo MIFID:
- Derivados (instrumentos financieros referidos en la Sección C del Anexo I de MiFID):
- Commodities:
a. MR: Contratos de derivados relativos a materias primas cuya ejecución se realiza en mercado regulado tal y como se recoge en el artículo 4(1)(14) del MiFID;
b. OTC – Contratos de derivados relacionados con materias primas que son contratos de derivados extrabursátiles, tal y como se recoge en el artículo 2(7) del Reglamento 648/2012.
- Commodities:
- Derivados (instrumentos financieros referidos en la Sección C del Anexo I de MiFID):
- Otros - Derivados que no son instrumentos financieros MiFID:
- Commodities.